Agencia de aduanas

Agencia de Aduanas Cuando la persona jurídica que pretenda conseguir la autorización como agencia de aduanas tenga como socio a una o varias personas jurídicas, debe aproximarse certificado actualizado sobre su existencia y representación legal y una imitación de los estatutos societarios vigentes. Tratándose de las jurisdicciones contempladas en el numeral 4 de este artículo, las agencias de aduanas nivel 1, de manera adicional podrán ejercer la actividad de agenciamiento por medio de convenios celebrados con agencias de aduanas nivel cuatro. El ejercicio de la actividad de las agencias de aduanas de los niveles 1 y dos en un lugar del territorio nacional diferente al de su domicilio primordial podrá efectuarse de manera directa o por intermedio de agencias comerciales en los términos señalados en el Código de Comercio. Las agencias de aduanas, y sus pertinentes agentes de aduanas, deben disponer de una licencia para acceder Va a deber ejercer su actividad en todo el territorio nacional respecto de operaciones sobre las cuales no exista limitación alguna para ejercer el agenciamiento aduanero. Toda mención que contenga la normatividad aduanera de los términos \“intermediación aduanera\”, \“sociedad(es) de intermediación aduanera\” y \“representante(s)\” va a deber reemplazarse por las expresiones \“agenciamiento aduanero\”, \“agencia(s) de aduanas\” y \“agente(s) de aduanas\”, respectivamente. Somos una Agencia de Aduanas homologada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, líderes expertos en el ámbito de exportación de perecederos (frutas, exóticos y afines) en los primordiales puertos marítimos de Colombia. Las agencias de aduanas van a deber sostener debidamente actualizado el patrimonio líquido mínimo señalado en el numeral cuatro del artículo 14 del presente decreto y en el parágrafo del mismo artículo, mientras que se encuentre vigente su autorización. Agencia de aduana nivel 2 de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá por razones de control, servicio, especialización o seguridad fiscal limitar el agenciamiento de las operaciones de comercio exterior a las agencias de aduanas de los niveles dos, tres y 4, teniendo en cuenta, entre otros muchos aspectos, la procedencia, la clase de mercancía, el valor, el origen y el sitio de arribo. Verificar que existan y se apliquen los controles convenientes y eficientes para el conocimiento de las personas naturales o jurídicas que contraten sus servicios de agenciamiento aduanero, de forma tal que se garantice la transparencia y la legalidad en las operaciones de comercio exterior que efectúen. Haber sido asociado, representante legal o representante aduanero de una sociedad de intermediación aduanera o de una agencia de aduanas que haya sido sancionada con la cancelación de su autorización a lo largo de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la petición, o siendo socorrer o dependiente de la misma, haber participado en la comisión del hecho que dio sitio a la sanción. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que puedan adelantar los mandantes o usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios contra las agencias de aduanas. Las agencias de aduanas responderán de manera directa por el pago de los tributos aduaneros y sanciones pecuniarias que se ocasionen respecto de operaciones en las que el usuario de comercio exterior sea una persona inexistente. Las solicitudes de autorización de sociedades de intermediación aduanera que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto se encuentren radicadas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, deberán ajustarse a los nuevos requisitos previstos en el presente decreto para las agencias de aduanas.